Iturria: Finanzas.com
Estima que la empresa «optó, de manera consciente y voluntaria, por hurtar a la negociación» durante el período de consultas
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado nula la decisión adoptada el pasado 17 de julio por la mercantil Corrugados Azpeitia S.L.U. de extinguir los contratos de 60 trabajadores de su plantilla.
En sentencia fechada este pasado martes, contra la que cabe interponer recurso, el TSJPV estima la pretensión inicial de la demanda presentada el pasado 14 de agosto de 2012 por el Comité de Empresa y los sindicatos ELA y LAB frente a Corrugados Azpeitia y doce mercantiles más del Grupo Gallardo, así como contra el Fondo de Garantía Salarial y el Ministerio Fiscal, para reclamar la nulidad o subsidiariamente la improcedencia del despido de los trabajadores por concurrir «un vicio en el procedimiento».
La sentencia reconoce la legitimación de las centrales sindicales ELA y LAB para ejercitar la acción de impugnación del despido, pero rechaza su argumentación de que el ERE presentado por la empresa el pasado 15 de junio de extinción de 60 contratos y de suspensión de otros 228 hasta el 31 de diciembre, de entre el total de sus 313 trabajadores, por causas económicas, productivas y organizativas, fuera una consecuencia de la convocatoria de huelga.
Al respecto, se considera probado que el paro se convocó en «protesta frente a las medidas de despido y suspensión propuestas por la empresa». El Tribunal declara nula la decisión, adoptada en fecha 17 de julio de 2012 por la mercantil Corrugados Azpeitia S.L.U., de extinguir esos 60 contratos, al considerar que la compañía no cumplió con el deber de «negociar de buena fe» con el Comité de Empresa en el curso del período de consultas.
En este sentido, se recoge que Corrugados Azpeitia «optó, de manera consciente y voluntaria, por hurtar a la negociación colectiva la materia referida al número de contratos a extinguir», respecto de la cual mantuvo y trasladó al Comité de Empresa su posición «inamovible e inflexible de resolver la totalidad de los inicialmente previstos, sin contemplar ninguna alternativa».
El tribunal considera que la empresa al «imponer» esa «premisa previa» a las negociaciones sobre un aspecto «tan básico y relevante» cometió «un grave e injustificado incumplimiento de la obligación de negociar de buena fe». En este sentido, considera que la compañía «desnaturalizó el proceso de consultas» y «a la propia finalidad de ese trámite, impidiendo toda posibilidad de acuerdo, y viciando de nulidad la decisión extintiva».
Por otro lado, en la sentencia se contempla que no ha lugar a pronunciamiento alguno sobre el Fondo de Garantía Salarial al ser ajeno a la cuestión debatida. Corrugados Azpeitia S.L.U., dedicada a la fabricación de acero corrugado destinado, fundamentalmente, al sector de la construcción, está integrada en el Grupo Alfonso Gallardo, cuya sede social se encuentra en Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Previamente a este ERE, el 10 de noviembre de 2011, la empresa solicitó autorización para resolver los contratos de 140 trabajadores a su servicio y suspender/reducir en un porcentaje máximo del 50 por ciento la jornada de la práctica totalidad de la plantilla a lo largo de todo el año 2012.
Además, el 11 de enero del presente año el Gobierno vasco autorizó un ERE de extinción de los contratos de cien trabajadores y la suspensión temporal, en el período comprendido hasta el 30 de junio de 2012, durante un promedio de 60 días laborables, de otros 303 empleados de la plantilla al estimarse acreditadas las causas económicas y productivas alegadas por la empresa.
La Administración laboral autorizó un menor número de extinciones y un mayor número de suspensiones, en base a las previsiones de mejora paulatina del mercado del corrugado en los próximos años, realizadas por la propia empresa en el Plan de Viabilidad 2012-2016, según el cual el Grupo Alfonso Gallardo se responsabilizaba de mantener la actividad de la industria durante el período de duración del mismo. PLAN VIABILIDAD
A tal fin, Corrugados Azpeitia SL recibió del Gobierno vasco un Préstamo Participativo de cinco millones de euros, destinado exclusivamente a la financiación del citado Plan de Viabilidad y se acordó que las extinciones se efectuarían por prejubilaciones, extinción solidaria incentivada hasta un máximo de 87 trabajadores, y despido colectivo hasta un número máximo de cien contratos.
Los sindicatos ELA y LAB y el Presidente del Comité de Empresa presentaron recurso a esta resolución, pero se desestimó. El pasado 31 de mayo de 2012, la Dirección de Corrugados Azpeitia trasladó al Comité de Empresa su intención de despedir a 60 empleados y suspender los contrato del resto, tras lo cual la plantilla inició paros y movilizaciones.
Corrugados Azpeitia obtuvo unos beneficios de más de 5,5 millones de euros en 2008, mientras que en 2010 y 2011 registró pérdidas por un importe de 35,5 y 19,2 millones de euros, respectivamente.